Los diferentes nombres de los actos de arcabuceria en las poblaciones


Joaquín Marco Sanjuán

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En el decreto 19/2011 de 4 marzo del consell Valencia, por el que se reconoce el carácter religioso, cultural o tradicional de las manifestaciones festivas celebradas en la comunidad Valenciana en las que se utilizan artifcios de pirotecnia, trata también nuestra arcabucería de moros y cristianos en el preámbulo.

En el punto uno de este preámbulo la Generalitat indica que tiene competencia exclusiva en materia de cultura y espectáculos y que en dichas atribuciones atañen en mayor o menor medida a todos sus departamentos.

Habla también del real decreto 563/2010 de 7 mayo ,”reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería “, que ya tiene dos revisiones posteriores y aparece ahora como real decreto 989/2015 de 30 de octubre esta norma estatal incorpora al ordenamiento español la directiva 2007/23/CE sobre la puesta en el mercado de artículos pirotécnicos marcados CE ;regula resumiendo la categoría de los artículos pirotécnicos y las edades de utilización ;en su disposición adicional sexta permite le excepción en la delimitación de edades para el uso de artículos de pirotecnia de las categorías F1y F2 (las categorías más bajas ) que afecte a lugares y horarios concretos y que se utilicen en desarrollo de “arraigadas costumbres”; en resumen rebaja las edades de utilización de artículos pirotécnicos de la categoría F1 y F2 (los más inofensivos ) pensando claramente en fiestas populares y los participantes menores de edad acompañados por personas mayores.

En la Instrucción técnica complementaria (I .T.C) nº 18 del reglamento de pirotecnia y cartuchería prevé la regulación del uso de artículos de pirotecnia fabricados solo para grupos de consumidores reconocidos como expertos (C.R.E) en manifestaciones festivas religiosas, culturales y tradicionales, en resumen artículos de pirotecnia fabricados especialmente para estas manifestaciones y consumidos por ciudadanos no profesionales de la pirotecnia; previo cursillo de la generalitat y examen de aptitud que les acreditan como consumidores reconocidos como expertos. Podemos clasifcar algunas de estas manifestaciones en:

Cordas o cuerdas, (manifestación festiva organizadas con carretillas o cohetes borrachos sin sujeción por determinadas calles o plazas de una población).

Passejà o pasacalles con cohetes, (manifestación festiva organizada con carretillas o cohetes de lujo o fuentes; sujetos con tenazas o similares por parte de los participantes, desflando en procesión acompañando generalmente a imágenes religiosas)

Correfoc o corre fuegos. Participantes activos con carretillas o cohetes borrachos fjos en artilugios móviles acompañados o no por un grupo de percusión; en pasacalles con participantes pasivos que pueden desplazarse o bailar bajo las chispas acompañados o no por un grupo de percusión.

Despertà o despertada (manifestación festiva organizada, con participación ciudadana, en que los participantes activos, generalmente al amanecer, utilizan masivamente truenos de golpe, truenos de mecha o voladores u otros elementos pirotécnicos)

Cualquier otra modalidad tradicional equivalente a las anteriores; aquí la generalitat se cura en salud ante más manifestaciones y también en dicha I.T.C Nº 18 el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio indica también que dichos consumidores además de pirotecnia también pueden utilizar cierta cantidad de pólvora negra en algunas manifestaciones (como por ejemplo para dibujar letras en el suelo que, posteriormente se prenden, así como para otros usos varios). Limitando en estos casos la cantidad máxima de pólvora negra a portar a un kilogramo por persona. Como vemos nada que ver con nuestra arcabucería como aclara también dicho Ministerio de Industria Turismo y Comercio en un posterior escrito aclaratorio.

En el punto 2 del preámbulo del decreto 19/2011 la Generalitat indica que la Comunidad Valenciana posee unas tradiciones muy arraigadas en las que el uso de la pólvora es una parte muy importante de las celebraciones .También explica que es a partir de los siglos XVIII y XIX (sobre todo tras la guerras de Sucesión y de la Independencia ) cuando se produce ,adaptando el material bélico utilizado ,la paulatina separación entre pólvora festiva( actual pirotecnia ) y pólvora militar que continuo desarrollándose ( pirotecnia militar y armamento ) .Los actuales arcabuces son descendientes de estas primeras armas de avancarga y en algunas poblaciones utilizan los primeros sistemas de disparo ; la mecha y otros avanzaron un poco más, como los nuestros con pistones.

En la disposición adicional segunda que el decreto denomina como manifestaciones festivas con uso de pólvora negra; bajo mi punto de vista y de muchos historiadores de la festa son las que descienden de la antigua soldadesca que comentábamos en el párrafo anterior; el decreto indica:

“Las manifestaciones festivas que utilicen pólvora negra y/o armas de avancarga, antiguas o históricas y sin perjuicio de la normativa que, en su caso, se apruebe al respecto por las administraciones competentes, merecerán así mismo de especial reconocimiento de acuerdo con lo dispuesto en la regulación que así lo prevea”. Estamos pues de acuerdo con las conclusiones sobre la arcabucería que se indicaron en el primer Congreso de Villena y en los demás congresos realizados y muchos artículos conferencias y charlas realizadas sobre este tema.

Como indico realizar una regulación sobre la arcabucearía y que desde mi punto de vista tendría que formar parte la mayor cantidad de poblaciones posibles y por supuesto la U.N.D.E.F que lleva muchos años trabajando en este tema ;pues esta regulación tiene que estar también refejada en la normativa que aprueben las administraciones competentes en Madrid ; que en años pasados ya salieron a la luz dos pre borradores por parte del ministerio de interior ;el primero recibió un total de 21.200 alegaciones y el segundo no hizo público las alegaciones recibidas ; pero que finalmente redacto la nueva ley de armas sin tener en cuenta las alegaciones mandadas por el mundo de la fiesta y que no cambia nada sobre la arcabucería festera y la ignora como en la ley anterior por lo que continuamos con los antiguos problemas sobre todo la distribución de la cantidad necesaria de pólvora negra para cada acto de arcabucería; dependiendo de las características de dicho acto y que en la actualidad algunas entidades festeras incluso de reconocimiento de interés turístico internacional han tenido que recortar los recorridos tradicionales por la limitación de la pólvora negra por festero.

También el delegado de gobierno en la comunidad valenciana dicto el 8 marzo de 1999 unas instrucciones sobre la autorización del uso de armas de avancarga en festas tradicionales para aclarar la ley de armas ; que permite el disparo con carnet de conducir ( por ser necesaria para su obtención un certifcado médico similar a los de los permisos de armas y con un documento frmado por armero competente que indica el perfecto estado del arcabuz valido por dos años equivalente a la guía de pertenencia ; publicado nuevamente año tras año estando actualmente en vigor a la espera de la nueva ley de armas que ampare a las armas de arcabucería en las fiestas tradicionales.

La disposición adicional segunda continúa indicando: “se entenderán incluidos en este marco los actos de arcabucería en manifestaciones tradicionales tales como el alardo, el engraellat y otras variantes y denominaciones, en los que se utilice este tipo de pólvora”.

Como pirotécnico aclaro un poco los diversos actos donde se utiliza la pólvora negra:

El engraellat son cilindros metálicos de diferentes diámetros y medidas que se plantan o clavan según tipos en el suelo y que en su centro tienen un orificio parcial que se cargan con pólvora negra y se atacan o taponan con elementos inertes y que al llegar el fuego a la pólvora negra de su interior mediante un pequeño orificio lateral producen un gran estruendo ; son los antiguos morteretes que se siguen utilizando en las salidas y entradas de procesiones de algunos pueblos y otras manifestaciones festivas.

Respecto al alardo; todos los conocemos; son nuestros arcabuces que utilizamos en las festas de moros y cristianos, aunque esta denominación de alardo se utiliza en algunas poblaciones; en Villena no se utiliza y esto me da pie para realizar un estudio de cómo nombramos a los actos de arcabucería en las poblaciones festeras.

Los actos de arcabucería en general los podemos dividir físicamente en estáticos o sin desplazamiento de la zona de disparo como son los denominados en Villena: las salvas; las guerrillas y la despedida de la virgen que se hacen en plazas o zonas en donde no se desplazan los participantes; Plaza de Santiago; explanada del castillo y plaza de la virgen en nuestro caso.

Otros actos son en movimiento donde los arcabuceros se desplazan por un recorrido determinado disparando como el acto del pasacalle y las subidas a las Guerrillas en Villena.

También otros actos son combinados con un recorrido inicial en movimiento de los arcabuceros y posteriormente terminan con un disparo estático en una plaza; como el acto de recibimiento de la Esfinge que se realiza el 12 de mayo en Villena; con un acompañamiento inicial por un recorrido y un posterior disparo conjunto en la plaza mientras pasa la Esfinge para ser colocada en la casa del Festero.

Pero cada uno de estos actos tiene que ser estudiado y estará realizado seguro por cada uno de los historiadores y cronistas de cada una de las poblaciones que seguro conocen su historia y los cambios que durante el paso de los años seguro que han tenido; dejamos pues a ellos las descripción historia y detalles y en este caso yo solo miro la denominación que de ellos realizan las diferentes entidades festeras y que mandan a la UNDEF para describir los actos y en contadas ocasiones utilizo también la denominación que conozco de poblaciones más cercanas a mi entorno; como es el caso de Villena la ciudad que me vio nacer o de Alcoy donde realice mi estudios universitarios.

Para realizar este estudio revisamos publicaciones que describen las fiestas de moros y cristianos sacando de los programas de actos, como nombra cada población a los actos con arcabucería y realizamos una estadística de los nombres de los diferentes actos de arcabucería que encontramos en las poblaciones y barrios que celebran moros y cristianos:

Como alardo encontramos en 13 ocasiones; como desembarco en 8 ocasiones; como embajada en 49 ocasiones; como guerrilla en 13 ocasiones; como pasacalles en 3 ocasiones, como salvas 4 ocasiones, como trons 4 ocasiones.

NOMBRE/ACTO:

ALARDO/DESEMBARCO/EMBAJADA/GUERRILLA/PASACALLE/SALVAS/TRONS

FRECUENCIA:

13 / 8 / 49 / 13 / 3 / 4 / 4

Este es solo un pequeño ejemplo; demuestra que, aunque la Generalitat llama en el decreto alardo; es un nombre valido, pero hay más definiciones y actos diferentes en las fiestas de moros y cristianos para la arcabucería y como queda dicho cada población tiene su forma característica de realizarlo según la tradición y sus historiadores y organizadores ya se encargan de su historia y su desarrollo actual.

En resumen, tenemos que preparar un reglamento de arcabucería para festas de Moros y cristianos y el Ministerio de Interior en Madrid, en la ley de armas tiene que refejar dicho reglamento donde tengan cabida todos los actos de arcabucería con sus diferentes características y propiedades; que este previsto en dicho reglamento que cada festero pueda disponer de la pólvora negra necesaria para el desarrollo de los actos.

Fotografía 1: La arcabucería festera necesita sin más espera estar reflejada en la ley de armas y explosivos.

Foto del autor.

BIBLIOGRAFÍA

Artículos varios de Arcabucería propios y comentarios con varios armeros y arcabuceros.

BOLETIN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

B.O.E – Boletín Oficial del Estado

B.O.P.A. – Boletín Oficial de la Provincia de Alicante

D.O.G.V – Diario Oficial de la Generalidad Valenciana

GUIA FESTERA 2008 – 2016 EDITADA POR LA UNDEF.

Artículos varios de Arcabucería propios.

Chimopiro@yahoo.es – Joaquín Marco Sanjuán- Villena 2016